Modificación parcial del convenio colectivo de empresas de seguridad tras ser validada su legalidad por la Audiencia Nacional (Publicada en el BOE, 4 de agosto)

Dicha publicación, producida tras la Sentencia de la Audiencia Nacional que avalaba la legalidad del pacto alcanzado entre los agentes sociales representativos, frente al criterio del Ministerio de Empleo que apoyaba la organización empresarial FES, entraña la aplicación de una cláusula de penalidad del 50% como consecuencia de un eventual impago de las tablas salariales del año 2016. También ratifica que en los procesos de subrogación el convenio sectorial prevalece temporalmente sobre un convenio de empresa que estuviese en vigor en la nueva adjudicataria de un contrato, hasta que esa empresa cesionaria no firme un nuevo convenio de empresa o el convenio sectorial pierda su vigencia.

Modificación parcial convenio colectivo de empresas de seguridad

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